La Sociedad Colombiana de Pediatría inicia una serie de información a los pediatras del país, sobre el proceso de Recertificación y el programa que construye nuestra asociación, el cual próximamente validará el programa de EMC, Precop, y los distintos eventos de la Sociedad. (Favor, acceder a la aparición paulatina de esta información y al programa, en nuestra web: www.scp.com.co
¿Porque es importante fortalecernos como sociedad, ante el proceso de recertificación?
Las Sociedades Científicas han sido y continúan siendo, luego de terminar los programas de formación universitaria, las organizaciones que ofrecen educación y actualización médica, por excelencia. Facilitan la Educación Médica Continua-EMC, agrupan a la inmensa mayoría los profesionales de la salud de cada área, los representan, y entre otras cosas, proponen y tienen capacidad de asesor adecuadamente en políticas de salud, al gobierno, al Estado y en general, al sector oficial, no gubernamental y al privado.
El día 5 de octubre de 2007, el Presidente de la República sancionó la Ley de Talento Humano en Salud, que en su capítulo IV contempla la Recertificaciónobligatoria para todos los profesionales de la salud, que tengan una antigüedad mayor de 5 años en la obtención de su título profesional y se encuentren debidamente registrados ante la autoridad competente.
La ley 1164 ordena que la administración de esta función pública sea delegada a los colegios profesionales que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tenga carácter nacional
b) Que tenga el mayor número de afiliados activos en la respectiva profesión
c) Que su estructura interna y funcionamiento sean democráticos
d) Que tenga un soporte científico, técnico y administrativo.
Para el caso de la profesión médica, esta labor será realizada por el Colegio Médico Colombiano.
Este acto obligatorio, por el cual un profesional certificado, respondiendo a un sistema de garantía de calidad, se presenta ante sus pares para que estos evalúen su trabajo, sus condiciones y cualidades en forma periódica y le otorguen un aval que lo acredite y jerarquice en su labor profesional, busca garantizar la competitividad de los egresados de los programas de educación en salud, como mecanismo para cumplir con los criterios de calidad en la prestación de los servicios médicos. Es fundamental para conservar un conocimiento teórico y práctico, y mantener una educación continúa acorde a los adelantos científicos, tecnológicos, de información e investigación que nos permita brindar la mejor atención de nuestros pacientes.
Aunque el comité intersectorial conformado por el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Educación, no ha determinado cual será el mecanismo y las directrices en este aspecto, en una reunión realizada en la ciudad de Medellín, se presentó ante el Ministro de Protección Social, el “Acuerdo de Cartagena” que incluye cuatro formas de evaluación del conocimiento y competencia en el ejercicio:
- Exámenes teóricos
- Créditos porcentuales en tiempo
- Participación en educación médica continua-EMC
- Certificación del ejercicio profesional
Preguntas Frecuentes:
Que actividades se consideran válidas para obtener créditos en el Proceso de recertificación?
1. Ejercicio Profesional.
2. Instrucción:
- Congresos, Simposios, Talleres, Seminarios, Foros (con el aval de la SCP)
- Docencia
- Investigación
- Actividades organizacionales
- Publicaciones en libros y revistas científicas
- Conferencias
- Actividades desarrolladas a través de tecnologías de la información y de la comunicación (TICs), como portales educativos virtuales, telemedicina y teleconferencias
- Las demás que considere la comisión.
3. Evaluación por pares
4. Examen. Este será tenido en cuenta solamente cuando el interesado lo solicite voluntariamente, en ese caso lo hará el par académico correspondiente o en el caso de NO cumplir con el ejercicio médico mínimo exigido (4 horas diarias).
Que entidades podrán realizar Educación Médica Continua?
Aquellas de reconocida tradición, capacidad, experticia y reconocimiento en educación médica continua:
- Las Sociedades Científicas y gremiales.
- Las Facultades de medicina acreditadas
- Los Hospitales y los escenarios de práctica
- Las dependencias gubernamentales y los entes territoriales
- La Academia Nacional de Medicina y sus filiales.
Requisitos para participar en proceso de la Sociedad Colombiana de Pediatría
- Ser miembro activo, de la SCP (a través de su regional)
- Estar a paz y salvo (con su regional)
- Solicitar ingreso al proceso evaluación-Recertificación: carta a la Sociedad Colombiana de Pediatría
- Anexar documentación básica que se establezca y se requiera: por ej. diplomas, certificados de trabajo, certificado del comité de ética,….
- Proceso de evaluación inicial por cada regional de la SCP.
- Evaluación final por CONEMEP: Comité Nacional de Educación Médica en Pediatría, de la SCP. Centro de acopio y de cómputo de los créditos obtenidos.
Elaborado por la Dra. Clara Gálviz, miembro de la Mesa de Trabajo de EMC y Programa de Recertificación de la SCP.
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